POSGR@DO EN GERENC!@

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GEST!ÓN FIN@NC!IER@

jueves, 2 de diciembre de 2010


PRINCIPALES ENTIDADES QUE CONFORMAN EL SISTEMA FINANCIERO COLOMBIANO


CORPORACIONES FINANCIERAS


Aparecieron por primera vez en Colombia en 1957 como resultado de un esfuerzo combinado entre la ANDI (Asociación Na­cional de Industriales) y la Asociación Bancaria, para lograr el establecimiento de instituciones crediticias que pudieran canalizar recursos internos y externos hacia la financiación del sector industrial, con operaciones a largo plazo y ade­más sirviera para promover, crear, transformar y organizar empresas.
En 1993 con el Decreto 663 actual Estatuto Orgánico del sistema financiero, se amplía su radio de acción y se define a las corporaciones como establecimientos de crédito, cuyo objetivo fundamental es la movilización de recursos y asignación de capital para promover la creación, reorganización, fusión, transformación y expansión de cualquier tipo de empresas, como tam­bién participar en su capital y promover la participación de terceros, otorgarles financiación y ofrecerles servicios financieros especializados que contribuyan a su desarrollo.


OPERACIONES CON EMPRESAS


1.    Promover su creación, reorganización, fusión, transformación y expansión mediante las operaciones autorizadas por las normas legales.
2.    Suscribir y adquirir acciones o bonos obligatoriamente convertibles en accio­nes, bien sean de emisión primaria o de mercado secundario.
3.    Colocar mediante comisión acciones, bonos y otras obligaciones de nueva emisión o de mercado secundario emitidos por dichas empresas, pudiendo ga­rantizar o no la colocación del total o una parte de dichos documentos. Tam­bién podrán tomar la totalidad o una parte de la emisión para colocarla por su cuenta y riesgo.
4.    Efectuar las operaciones de cambio exterior autorizadas por la ley, y en par­ticular  abrir cartas de crédito y conceder crédito en moneda extranjera, con el      objetivo de financiar operaciones de comercio exterior.
5.    Servir de intermediario de recursos en moneda legal o extranjera, contra­tados o administrados por el Banco de la República o cualquier otra entidad crediticia oficial existente.
6.    Descontar, aceptar y negociar toda clase de títulos emitidos a favor de las empresas, con plazo mayor de un año. No obstante las corporaciones financie­ras podrán realizar operaciones de factoring, cuyos títulos sean con un plazo inferior a un año.
7.    Captar ahorro mediante la emisión de certificados de depósito a término, los cuales no podrán tener un plazo inferior a un mes
8.    Emitir bonos de garantía general en moneda nacional.
9.    Obtener crédito del Banco de la República.
10.  Prestar asesoría diferente de la vinculada a operaciones específicas de crédito o de capitalización celebradas por la respectiva corporación financiera con dichas empresas, tales como promoción y obtención de nuevas fuentes de financiación; reestructuración de pasivos; definición de la estructura adecuada de capital; fusiones, adquisiciones y privatizaciones; preparación de estudios de factibilidad y prospectos para la colocación de acciones y bonos; asesoría para la ejecución de nuevos proyectos, consecución de nuevas tecnologías e inversiones y en general prestar servicios de consultoría.
11.  Otorgar préstamos a personas naturales colombianas o extrajeras domi­ciliadas en el país y a personas jurídicas nacionales para financiar al adquisi­ción de nuevas emisiones de acciones, bonos obligatoriamente convertibles en acciones, cuotas o partes de interés social de empresas nacionales, mixtas o extranjeras.
12.  Otorgar y recibir avales y garantías en moneda legal o extranjera de acuer­do con las disposiciones de la Junta Directiva del Banco de la República y del Gobierno Nacional, cada uno dentro de su competencia.
13.  Actuar como representante de los tenedores de bonos, salvo en los casos de las incompatibilidades.


BANCOS


Institución que realiza labores de intermediación financiera, recibiendo dinero de unos agentes económicos (depósitos), para darlo en préstamo a otros agen­tes económicos (créditos). La ley define las operaciones que puede realizar un banco y prohíbe el uso de esta denominación a otras instituciones o empresas. Los principales tipos de bancos son: bancos comerciales, bancos de fomento y bancos hipotecarios.
Operaciones: Descontar y negociar pagarés, giros, letras de cambio y otros títulos de deuda, recibir depósitos en cuenta corriente, a término y de ahorros, cobrar deudas y hacer pagos y traspasos, comprar y vender letras de cambio y monedas, otorgar crédito, expedir cartas de crédito, recibir bienes muebles en depósito para su custodia, tomar préstamos dentro y fuera del país, celebrar contratos de apertura de crédito,  otorgar avales y garantías.


COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL


Su función principal consiste en captar ahorro a término y dedicarlo a financiaciones a corto y mediano plazo para facilitar la comercialización de bienes y servicios, y realizar operaciones de arrendamiento financiero o leasing. Deben de estar constituidas como sociedades anónimas y están sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria.
Operaciones: Captar ahorro a través de depósito a término, negociar títulos valores emitidos por terceros, otorgar préstamos, comprar y vender títulos representativos de obligaciones emitidos por enti­dades de derecho público de cualquier orden, colocar mediante comisión, obligaciones y acciones emitidas por terceros, otorgar financiación mediante la aceptación de letras de cambio, otorgar avales y garantías, efectuar operaciones de compra de cartera o factoring, efectuar operaciones de compra y venta de divisas, realizar operaciones de Leasing


COMPAÑÍAS DE SEGUROS


Son instituciones financieras especializadas en asumir riesgos de terceros mediante la expedición de pólizas de seguros. Suje­tas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria y deben estar consti­tuidas como sociedades anónimas.
En Colombia existen dos tipos de compañías de seguros: las generales y las de vida. Las compañías de seguros de vida se especializan en cubrir, mediante la expedición de pólizas los riesgos de muerte, en forma individual o colectiva, accidentes personales, hospitalización y cirugía, etc. Las compañías de segu­ros generales por su parte, buscan mediante la expedición de pólizas cubrir los riesgos de robo, hurto, daños, transporte de mercancías, protección contra incendios, terremotos, lucro cesante, manejo y cumplimiento y todas aquellas actividades para las cuales se les haya autorizado a expedir pólizas.


COMPAÑÍAS DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL ESPECIALIZADAS EN LEASING


Se entiende por operación de arrendamien­to financiero la entrega a título de arrendamiento de bienes adquiridos para el efecto, financiando su uso y goce a cambio del pago de cánones que se recibi­rán durante un plazo determinado, pactándose para el arrendatario la facultad de ejercer al final del período una opción de compra. En consecuencia, el bien deberá de ser propiedad de la compañía arrendadora, derecho de dominio que conservará hasta tanto el arrendatario ejerza la opción de compra.


1.    CLASES DE LEASING: Financiero, Operativo, importación, Inmobiliario, Cross Border, Sindicado e  nternacional.


FIDUCIARIAS


Las sociedades fiduciarias son sociedades de servicios financieros, constituidas como sociedades anónimas, sujetas a inspección y vigilancia permanente de la Superintendencia Bancaria. Reciben mandatos de confianza, los cuales desa­rrollan con el objeto de cumplir una finalidad específica, siendo, a la vez, asesoras de sus clientes. Los productos fiduciarios más conocidos en el mercado nacional son de inversión,  administración e inmobiliario.


SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y DE CESANTÍA


Con la Ley 100 de 1993, el sistema pensional con el cual se venía trabajando se liberalizó, dándole participación al sector privado y por ende, desmontando el monopolio que hasta entonces tenía en este campo el Instituto de Seguros Sociales
Mediante la Resolución 275 de 2001, modificada por las Resoluciones 598 y 625 de 2001, se estableció que los recursos de los fondos de pensiones solo pueden destinarse a adquirir valores emitidos por personas jurídicas que hayan adoptado un código de buen gobierno y hayan adecuado sus estatutos a las Resoluciones mencionadas. Se exceptuó de esta obligación a la Nación.


BOLSAS DE VALORES
Las bolsas de valores cumplen con las siguientes funciones:


1.    Inscribir, previo el cumplimiento de los requisitos legales, títulos o valores para ser negociados en bolsa.
2.    Mantener el funcionamiento de un mercado bursátil debidamente organi­zado, que ofrezca a los inversionistas y negociantes de títulos o valores y al público en general, condiciones suficientes de seguridad, honorabilidad y corrección
3.    Establecer la cotización efectiva de los títulos o valores inscritos mediante la publicación diaria de las operaciones efectuadas y de los precios de oferta y demanda que quedan vigentes al finalizar cada sesión pública de la bolsa.
4.    Fomentar las transacciones de títulos y valores, y reglamentar las actuacio­nes de sus miembros.
5.    Velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales y reglamenta­rias por parte de sus miembros, evitando especulaciones perjudiciales para los valores inscritos o para la economía nacional.
6.    Ofrecer al público, conforme a sus respectivos reglamentos, datos auténti­cos sobre las entidades cuyos títulos estén inscritos en la bolsa.
7.    Establecer martillos para el remate público de títulos o valores negociables en bolsa. Mediante la Resolución 270 de 2001, la Superintendencia de Valores autorizó la constitución de la bolsa de Valores de Colombia S. A., en la cual quedaron unificadas las bolsas de Bogotá, Medellín y Occidente.

12 comentarios:

  1. excelente blog, la lectura es precisa y atrayente

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  2. liz tuuu!! muy bien!! un abrazo buen resumen!!

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  3. le comento? si o no? esa es la cuestion!! compañera felicitaciones un abrazo el color muy bien

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  4. Me sorprende, la calidad de tu trabajo, felicitaciones

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  5. COMPAÑERA:
    LA FACLIDAD QUE TIENES EN LA EXTRACCION DE LAS IDEAS ESTRUCTURALES ME PERMITEN UNA FACIL COMPRENSION DE LA LECTURA.....T FELICITO...........TIENES UNA BUENA FOTO ADEMAS... MUY INSPIRADORA

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  6. Que Blogg tan moderno, tambien tu analisis es muy bueno

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  7. El estilo grafitti del blog, deja leer muy bien tus aportes

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  8. Compañera muy acertado tú resumen y ensayo, y las fotos embellecen tu blog que está muy bien trabajado...mil felicitaciones.

    Una feliz navidad y un prospero 2011.

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